El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula el procedimiento de financiación selectiva de los productos sanitarios en la prestación farmacéutica para pacientes no hospitalizados.
La norma establece el marco para la financiación y fijación de precios de estos productos, adaptándolo a las necesidades actuales del Sistema Nacional de Salud (SNS) y priorizando criterios de eficiencia, sostenibilidad y valor clínico. Es la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos la que fija los precios de financiación de estos productos sanitarios.
Con este Real Decreto se permite la incorporación de nuevos ofertantes y productos sanitarios a la prestación farmacéutica del SNS, además, se establece la «obligación expresa de garantía de suministro» a las empresas ofertantes para asegurar el abastecimiento una vez el producto está en el mercado.
Otra novedad importante es que se permite de forma expresa la sustitución por productos de similares características en casos excepcionales de desabastecimiento para garantizar así la continuidad de los tratamientos en los pacientes. Una gran medida para la farmacia comunitaria.
Se va a producir un cambio estructural en la retribución de la cadena de suministro fijando márgenes de distribución y dispensación, en productos de mayor precio las cuantías serán fijas. El objetivo es evitar problemas de suministro en función de la zona geográfica.
Aunque el Ministerio de Sanidad ha establecido un calendario escalonado entre 2026 y 2028 para poner en práctica las nuevas medidas aprobadas, la norma va a entrar en vigor el próximo 1 de julio de 2026.