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La importancia de las normas deontológicas en la farmacia

La importancia de las normas deontológicas en la farmacia

farmacias madrileñas

Luis González, presidente del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (COFM) recordó durante las I Jornadas Empresariales Farmacéuticas celebradas en Las Palmas de Gran Canaria, la necesidad de cumplir las normas deontológicas de la profesión como «garantía de una prestación farmacéutica profesional, independiente y libre de interferencias interesadas o mercantiles», ya que «no todo lo que es legal, es también ético o deontológico».

González participó en la mesa redonda bajo el nombre «Límites éticos de la empresa sin atacar el modelo» para defender la importancia del cumplimiento de normas en la profesión, ya que «si un farmacéutico incumple las normas deontológicas, su conducta está perjudicando a todos como colectivo». Por ello, indica que «la actuación de un farmacéutico, puede, en consecuencia, reforzar o debilitar los pilares del modelo farmacéutico cuando no se cumplen las normas o cuando se bordean».

El presidente del COFM, se refirió a distintos casos abordados por la Comisión Deontológica de la institución que preside y que atendió 21 casos durante el año 2016. La mayoría de los expedientes abiertos por esta Comisión están relacionados por incumplimientos de los horarios de guardia y con publicidad no autorizada.

Respecto a los horarios, González, abogó por la necesidad de respetar una jornada de apertura, «un límite que no es incompatible con introducir la flexibilidad suficiente que permita a los farmacéuticos elegir la franja horaria que mejor se adapte a las necesidades de los ciudadanos, y a su situación o circunstancias profesionales».

Además, avanzó dos principios de actuación relacionados con la publicidad, como no promover ni participar en técnicas publicitarias que comprometan la salud de los ciudadanos o no realizar publicidad de la farmacia que reduzca la capacidad de libre elección de farmacia por parte de los pacientes.

Por último, recordó que los descuentos están prohibidos por ley cuando se trata de medicamentos o productos sanitarios, si bien su aplicación en otros productos de venta libre de parafarmacia o autocuidado es legal, aunque implica el riesgo de «poner el foco en lo comercial antes que en lo asistencial».

 

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