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Contrato de arras: un trámite esencial en la compraventa de farmacias

Contrato de arras: un trámite esencial en la compraventa de farmacias

contrato de arras
contrato de arras

La compraventa de farmacias es un proceso delicado que se simplifica si cuenta con apoyo y  asesoramiento profesional   Porque,  lo cierto es que, requiere de atención exhaustiva en cada uno de los pasos que lo conforman. Uno de ellos es el contrato de arras.

El contrato de arras es un documento legal que constituye un trámite imprescindible para llevar a cabo este tipo de operaciones. Su misión es detallar y reflejar las diferentes partes y cuestiones acordadas previamente por el comprador y el vendedor. Por ejemplo, aborda aspectos como:

  • El objeto de la operación (qué es lo que se compra/vende)
  • El precio total
  • La cantidad a entregar a la firma de este contrato en calidad de señal (arras)
  • El plazo para formalizar la compraventa en escritura pública
  • Cuestiones relativas a las existencias y/o el personal
  • Modos y plazos de pago

Un contrato de arras debe estar redactado de forma clara y con un vocabulario comprensible. Además, debe recoger de forma concisa todas las cuestiones relevantes para la operación. Su correcta cumplimentación evitará problemas futuros.

Existen tres tipos de contrato:

  • Arras confirmatorias

Las arras son entregadas como señal y son parte del pago total y no hay derecho de desestimiento. Si alguna de las partes decide no continuar tras la firma, la parte contraria podrá exigir el cumplimiento del contrato, o en su defecto la resolución con la consiguiente indemnización por daños y perjuicios.

  • Arras penitenciales

Este tipo de contrato permite a cualquiera de las partes desisitir. Eso sí, en caso de que sea el comprador perderá la cantidad depositada como señal; y en caso de que sea el vendedor quien desiste, este deberá devolver al comprador su señal e indemnizarle con una cantidad igual.

  • Arras penales

El último tipo de contrato de arras establece que en caso de desestimiento, la parte afectada podrá elegir entre exigir el cumplimiento del contrato o solicitar el importe de las arras. Es decir, si desiste el vendedor, el comprador podrá exigirle el cumplimiento o retener las arras. Si es el comprador, el vendedor solicitará el cumplimiento del contrato o la devolución del importe de la señal por duplicado (la parte que ha abonado más una indemnización del mismo importe).

Dada la relevancia de este documento, es vital contar con asesoramiento y ayuda. Un equipo profesional que conozca el sector y su legalidad le proporcionará una mayor tranquilidad en una operación tan compleja como es la compraventa de farmacias.

 

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